Libro de incidencias:
en cada centro de trabajo existirá un libro, con fines de control y seguimiento del plan.
- Este libro, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coordinador a ) durante la ejecución de ésta.
- A él podrán tener acceso la Dirección facultativa, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como los representantes de los trabajadores y los técnicos de la administración competente, quienes podrán hacer anotaciones en el libro relacionadas con los fines de éste.
- Efectuada una anotación, el coordinador durante la ejecución de la obra estará obligado a remitir, en el plazo de 24 horas, una copia a la Inspección de Trabajo, y a notificar la anotación al contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste.
Paralización de los trabajos:
cuando el coordinador durante la ejecución de la obra, o cualquier persona de la dirección facultativa, observe un incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista de ello y dejará constancia en el libro de incidencias; podrá además, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, disponer la paralización de los tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra, dando cuenta a los efectos oportunos a la Inspección de Trabajo, a los contratistas y subcontratistas afectados por la paralización y a los representantes de los trabajadores de éstos. |