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    · Ámbito de aplicación
· Coordinadores
· Estudio de Seguridad y Salud (ESS)
· Estudio básico de Seguridad y Salud (EBSS)
· Plan de Seguridad y Salud (PSS)
· Principios generales de Prevención
· Obligaciones en materia de Seguridad y Salud
· Control del PSS
· Derechos de los Trabajadores
· Disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de
  trabajo en las obras

· Disposiciones mínimas específicas de los puestos de
  trabajo en el exterior de los locales
Obligaciones en Materia de Seguridad y Salud
 

Del coordinador durante la ejecución de la obra:

- Coordinar la aplicación d elos principios generales de prevención.

- Coordinar las actividades de la obra, para garantizar que los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos apliquen los principios preventivos, en particular en las actividades mencionadas en el apartado anterior.

- Aprobar el PSS y, en su caso, las modificaciones del mismo.

- Organizar la coordinación de actividades empresariales.

- Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

- Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.

De los contratistas y subcontratistas:

- Aplicar los principios de la acción preventiva.

- Cumplir y hacer cumplir al personal lo establecido en el PSS.

- Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, así como las disposiciones mínimas de seguridad y saluda).

- Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre las medidas a adoptar en materia preventiva.

- Atender las indicaciones y cumplir fas instrucciones del coordinador durante la ejecución de la obra.

- Los contratistas y subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el PSS en lo relativo a sus obligaciones, respondiendo solidariamente de las consecuencias de su incumplimiento, y sin que las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor les eximan de las suyas.

De los trabajadores autónomos:

- Aplicar los principios de la acción preventiva.

- Cumplir lo establecido en el PSS.

- Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud.

- Cumplir las obligaciones que establecen los arts. 24 y 29 de la LPRL.

- Utilizar equipos de trabajo y de protección individual ajustados a lo dispuesto en los R.D. 1215/1997 y 773/1997, respectivamente.

- Atender las indicaciones e instrucciones del coordinador durante la ejecución de la obra.

 
 
   
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